El TSJC examina si es legal que el Registro de la Propiedad suba precios mientras los ciudadanos siguen pagando por servicios digitales
El Registro de la Propiedad es una pieza fundamental del mercado inmobiliario: certifica quién es el dueño de una vivienda, qué cargas tiene, y garantiza la seguridad jurídica de cada operación. Pero justo esa función esencial está ahora bajo la lupa judicial, porque el precio de un servicio básico ha subido sin una base legal clara, afectando directamente al bolsillo de los ciudadanos.
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha anunciado que analizará la legalidad del incremento del coste de las notas simples registrales solicitadas por Internet, un documento que todos los compradores, vendedores, bancos o asesorías suelen pedir para verificar la situación registral de un inmueble.
Hasta hace poco, la nota simple costaba 9,02 euros cuando se solicitaba en línea; ahora cuesta 12,03 euros. Esa subida de 3,01 euros puede parecer poca en una operación de compraventa de vivienda, pero no lo es cuando hablamos de trámites repetidos, consultas múltiples o procesos administrativos en cadena. Además, se trata de un servicio muy repetido y utilizado por particulares y profesionales.
Lo que ha llevado este asunto ante los tribunales es precisamente la falta de una base legal clara para ese aumento. Según la demanda presentada por un notario de las Islas Canarias, la regulación vigente no permitiría que los registradores modifiquen unilateralmente los precios de un servicio que tiene tarifa fijada por normativa estatal (el Real Decreto que regula los aranceles registrales). El servicio en cuestión —denominado “información continuada” o nota simple online— replica el contenido de la nota simple tradicional, solo que se obtiene por medios electrónicos.
La Ley 11/2023, que impulsó la digitalización de los Registros de la Propiedad, tenía como objetivo reducir cargas administrativas y mejorar la eficiencia, no aumentar costes para los ciudadanos. Pero desde su implementación, el Colegio de Registradores ha lanzado nuevos servicios digitales (como la nota simple en línea) con precios más altos que los sistemas tradicionales, lo que ha generado una ola de recursos administrativos —unas 4.000 impugnaciones a nivel nacional— que ahora podrían acabar en fallos judiciales.
Este conflicto refleja una realidad que muchos compradores y asociaciones como ADAC llevan denunciando: la digitalización no siempre se traduce en abaratamiento de costes. Pese a la promesa de mayor eficiencia y accesibilidad, los ciudadanos siguen pagando más por lo mismo, y en algunos casos servicios esenciales como la consulta de un inmueble por Internet —que podría considerarse básico— acaban costando más que antes de la era digital.
Además, con miles de recursos en marcha, la situación abre un debate más amplio sobre quién debe fijar y supervisar los aranceles en los registros públicos. ¿Deben los registradores poder determinar sus precios de servicios digitales? ¿O debe ser el Estado quien establezca un marco tarifario claro y moderado para que el acceso a la información registral no se encarezca injustificadamente?
Para los ciudadanos que pagan por cada nota simple solicitada por Internet, este debate no es teórico: cada euro suma cuando el comprador está teniendo que pagar ya impuestos, notaría, registro e hipoteca. Que el TSJC se pronuncie sobre este asunto puede ser clave para frenar lo que muchos perciben como un arancel injusto y desproporcionado en plena era digital
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