FIN DE LA DISCRIMINACIÓN ENTRE PENSIONISTAS POR INGRESOS OCASIONALES
La pensión mínima de autónomos, 818 euros. Incluso hay mutualidades profesionales que la pensión puede
ser inferior (médicos, abogados, periodistas). Mucho trabajo freelance y precarización.
Muchos tienen que trabajar para complementar la pensión, pero si trabajan más de un tope, pierden la pensión.
Para facturar sin perder el 100% la tu pensión, Los ingresos anuales por trabajos esporádicos no deben superar el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), que en 2025 es de 15.876 € (16.576 € según algunas fuentes), y la actividad debe ser puntual y no habitual, sin alta como autónomo, aunque sí se debe cumplir con las obligaciones fiscales
(declarar esos ingresos).
La pensión máxima en España para 2025 es de 3.267,60 € mensuales (unos 45.745,70 € anuales), aunque
para 2026 se estima que subirá a 3.359 € al mes (más de 47.000 € anuales brutos)
ES DISCRIMINATORIO, QUE EL QUE COBRA 818 euros mensuales tenga el mismo tope que el que cobra
3.359 mensuales. ¿NO?
- PENSIÓN MÍNIMA: 818.-€ € de pensión + 1184.-€ de SMI= 2.002.-€
- PENSIÓN MÁXIMA: 3.350.-€ de pensión + 1.184.-€ de SMI= 4.534.-€
LO QUE PEDIMOS, acabar con la discriminación: QUE sin darse de alta de autónomos LA SUMA DE LA PENSIÓN Y LOS INGRESOS OCASIONALES TENGAN COMO TOPE 4 VECES EL SMI independientemente de la pensión que tengas, , y por supuesto pagando los impuestos que hagan falta.
Permitiría que los ingresos ocasionales de periodistas, médicos, abogados u otros profesionales complementaran en muchos casos las pensiones escasas de mutuas o RETA, motivadas por la inestabilidad de muchas profesiones o en el caso del periodismo, el abuso del freelance.






